SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

Fragmento 20

En este contexto; de los antecedentes antes descritos, se advierte que la causa alegada por la empresa empleadora -ahora demandada- para justificar la  extinción de la relación laboral que sostenía con el accionante, como es la desaparición definitiva del cargo que ejercía en consecuencia a una restructuración de la empresa debido a su situación económica, lo cual no fue acreditada con elemento de prueba alguno que permita establecer esta situación; por consiguiente se concluye que el agradecimiento de servicios del que fue objeto el  accionante, no es más que una decisión unilateral del empleador, quien no obstante de existir una conminatoria de reincorporación, no la cumplió persistiendo en el despido injustificado del accionante de su fuente de trabajo, vulnerado el mandato de protección contenido en el art. 49.III de la CPE, derecho que en la nueva concepción de un Estado Social de Derecho, amerita su inmediata tutela, considerando que cuando se afecta el derecho al trabajo a través de un despido injustificado como ocurrió en el caso presente, no sólo se afecta a la persona individual, sino a todo el grupo familiar que depende del trabajador