Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2017-S3
Fecha: 23-Ago-2017
II.4.
II.4. Mediante Conminatoria MTEPS/JDTCBBA 91/2017 de 12 de mayo, el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba, dispuso la reincorporación de la hoy accionante, en el último cargo que desempeñaba, más el pago de sus derechos laborales que correspondían a momento de su reincorporación (fs. 2 a 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Una de las causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional, se presenta cuando hubieren cesado los efectos del acto reclamado
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR