Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2017-S3
Fecha: 23-Ago-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante sostiene que se lesionaron sus derechos a la vida, al trabajo y a la estabilidad laboral, señalando que fue contratada en más de dos ocasiones bajo la modalidad de contratos a plazo fijo por la CNS; sin embargo, no fue renovada su contratación para el 2017, por lo que acudió a la Jefatura Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba, entidad que emitió la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 91/17 de 12 de mayo, determinación que tras ser notificada a la entidad empleadora, no fue cumplida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Una de las causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional, se presenta cuando hubieren cesado los efectos del acto reclamado
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR