SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

III.

El accionante considera que las autoridades demandadas vulneraron su derecho y garantía del debido proceso en sus vertientes de falta de motivación, fundamentación y congruencia, y al principio pro actione, pues la Resolución 007/2016-A emitida por el Consejo Superior de RR.HH. de la Policía Boliviana le excluye del proceso de ascenso de grado, y la Resolución 001/2016 del Consejo de Apelación de la Policía Boliviana, confirma esa decisión, determinando que no cumple con lo previsto en los arts. 19 y 23 inc. f) del Reglamento de 2015, con los que se lesionaron sus derechos y garantías constitucionales, pues no habrían hecho el análisis sobre qué norma rige para su calificación, simplemente reiteran que no se cumplió con los requisitos, sin hacer referencia al Reglamento de 2012, que estaba vigente hasta el 2015, dentro del cual llegaba a cumplir dos años, cinco meses y veintiséis días, suficientes para calificar ya que el mínimo es de dos años, tal como dispone el art. 23 inc. f) del Reglamento Específico de Evaluación para Ascenso a Generales y Calificación de Jefes y Oficiales de la Policía Boliviana, RA 305/2015 del Comando General de la Policía Boliviana, homologado por RM 388/2015.