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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2017-S3

    Fecha: 28-Ago-2017

    II.3.

    II.3. Por proveído de 19 de abril de 2017, la Jueza de la causa dispuso no ha lugar a la solicitud de ampliación por no adecuarse a procedimiento puesto que el inicio de la investigación es de 16 de diciembre de 2016, debiendo sujetarse a la conminatoria de 31 de marzo de 2017, instruida por Oficio 1159/2017  (fs. 2 vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.6.
    • III.
    • III.1.
    • la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 13
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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