SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 72/2017 de 15 de julio, cursante de fs. 35 a 36 vta., concedió la tutela planteada por el accionante y en consecuencia dispuso que la Jueza demandada, deje sin efecto la última parte de la Resolución 111/2017, negando la apelación incidental por no ser expresa y en su lugar se disponga la remisión de actuados ante el superior en grado, sea en el primer día hábil de su legal notificación, en base a los siguientes fundamentos: 1) La solicitud del envió inmediato de la apelación incidental planteado por el tutelar, constituye la acción de libertad traslativa o de pronto despacho; 2) De la revisión de la Resolución 111/2017, evidenció que el ahora accionante a través de su abogado solicitó en audiencia la aplicación del art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), relativo a la apelación incidental ante el Tribunal de alzada; y, 3) La autoridad demandada, en relación a lo solicitado por el accionante, dispuso que la misma debe ser expresa y precisa conforme a procedimiento, donde no tiene la facultad de rechazar una apelación incidental tal como lo establece el art. 396.4 del CPP y el art. 180.II de la CPE, y al no haberse concedido la apelación de forma oportuna, vulneró su derecho.