SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2017-S1

Fecha: 02-Ago-2017

28 de junio de 2017

Efectuadas dichas precisiones, así como del informe presentado por la Jueza demandada se establece que el recurso de apelación incidental hasta la fecha de realización de audiencia de la presente acción de libertad (28 de junio de 2017) se encuentra en trámite de notificación a las partes procesales con el decreto de 23 de junio de 2017, para su posterior remisión al Tribunal de apelación; es decir, cinco días después que se ordenó su remisión, quebrantando lo establecido en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo y el art. 251 del CPP, que estipula que formulado el recurso de apelación incidental y una vez decretada su remisión, se tiene el plazo de veinticuatro horas para enviar antecedentes al tribunal de alzada, dilación que contraviene el principio de celeridad, que impone a las autoridades judiciales el deber de despachar los asuntos sin dilaciones indebidas, y por ende el derecho a la libertad del accionante, razón por la cual corresponde conceder la tutela.