Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2017-S1
Fecha: 02-Ago-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución 05/2017 de 29 de junio, cursante de fs. 13 a 14 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por José Aguilar López en representación de Jacqueline Romelia Aguilar López contra Denis Pérez y Lilian Villalta Maldonado ambos Fiscales de Materia y Antonio Mamani Oficial de Policía de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), todos de la ciudad de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Carácter subsidiario de la acción de libertad
- “2.Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.”
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR,