Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2017-S1
Fecha: 02-Ago-2017
I.2.2.
Los Vocales de la Sala Penal Segunda en audiencia, señalaron que al haber resuelto el recurso de apelación con relación al ahora demandado, en modo alguno puede constituirse en un acto violatorio de los arts. 119 y 203 de la CPE; dado que, las resoluciones emitidas respecto a medidas cautelares no causan ejecutoria teniendo siempre la posibilidad de acudir a los tribunales ordinarios, por lo que solicitan se deniegue la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2.
- denegó
- II.2.
- peligro de fuga
- Fragmento 7
- III.1. Jurisprudencia constitucional respecto a la tutela del debido proceso mediante la acción de libertad
- III.2. E
- motivación o fundamentación de las resoluciones
- III.3. Análisis en el caso concreto
- a)
- CONFIRMAR