SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0876/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0876/2017-S1

Fecha: 23-Ago-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado a tiempo de ratificar la acción planteada, manifestó que: el Tribunal Constitucional Plurinacional, efectuó una interpretación del art. 251 del CPP, referente a la apelación de las medidas cautelares de manera oral, ello por su carácter sumario; empero, el Tribunal de primera instancia no remitió la apelación dentro de las veinticuatro horas que prevé la ley. Agregó que hasta antes de presentada la acción de libertad, no tenía la certidumbre sobre el recurso interpuesto.