SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0885/2017-s1
Fecha: 23-Ago-2017
I.2.1. Ratificación de la demanda
El abogado de la parte accionante expuso en audiencia de garantías efectuada el 7 de julio de 2017, según consta en el acta cursante de fs. 14 a 19 vta.; que su defendido, fue detenido dentro de un proceso de asistencia familiar sin seguir las reglas del debido proceso, toda vez que no le notificaron con la liquidación de pensiones ni con el Auto de aprobación de la misma, provocando su indefensión y vulnerando sus derechos a la locomoción y la seguridad jurídica, motivo por el que presentó nulidad procesal, misma que fue desestimada por la autoridad demandada.
Prosigue indicando que debía ser notificado personalmente con la liquidación en su domicilio real, pero la autoridad demandada, ordenó que esta diligencia se la haga en su domicilio procesal. No obstante de ello, no existe constancia ni el tablero, ni en el libro de notificaciones, tampoco se registra una fotografía de esa diligencia.
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. L
- cuando existan medios idóneos e inmediatos para impugnar el supuesto acto o resolución ilegal que vulnera el derecho a la libertad, éstos deben ser activados previamente a la interposición de la acción constitucional
- Segundo Supuesto
- III.2. A
- PROCEDENCIA
- CONFIRMAR