Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0885/2017-s1
Fecha: 23-Ago-2017
III.1. L
Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, la SCP 0482/2013 de 12 de abril, citando la SC 0160/2005-R de 23 de febrero, señaló: ‘“No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata. Conforme a esto, solamente una vez agotado tal medio de defensa y ante la persistencia de la lesión, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional, invocando la tutela que brinda el hábeas corpus’.
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. L
- cuando existan medios idóneos e inmediatos para impugnar el supuesto acto o resolución ilegal que vulnera el derecho a la libertad, éstos deben ser activados previamente a la interposición de la acción constitucional
- Segundo Supuesto
- III.2. A
- PROCEDENCIA
- CONFIRMAR