Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
II.7.
II.7. El 2 de marzo de 2017, el Consejo Facultativo de la FICH, emitió la RES.HCF 004/2017, determinando en su parte resolutiva: “Art. 1.- Aprobar, por decisión unánime de los 17 Consejeros presentes en sala, expresada mediante voto nominal, la Nulidad Plena de la Sesión Extraordinaria del Consejo Facultativo llevada a cabo el 18 de julio de 2016, debido a la comprobación fehaciente de incumplimiento de requisitos formales en su convocatoria y existencia de objeto ilícito en la verificación de quorum; y, en consecuencia derogar todas las resoluciones emitidas por causa de la mencionada sesión…” (sic) (fs. 17 a 18).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La accion de amparo constitucional como mecanismo de protección de derechos fundamentales y garantías constitucionales y la inviabilidad de la protección constitucional ante la existencia de hechos controvertidos
- la activación de esta jurisdicción, vía acción de amparo constitucional, operará cuando se invoque el restablecimiento de un derecho fundamental que se encontrare consolidado o se compruebe la titularidad del mismo, supuesto en el cual, corresponderá efectuar el control de constitucionalidad sobre la restricción, supresión o amenaza del derecho fundamental, a efectos de su restablecimiento
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR