SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

el 21 de febrero de 2017,

Sostiene que, a través de los diferentes memorándums que le entregaron, fue forzado a que renuncie, pero al no conseguir su cometido, el 21 de febrero de 2017, emitieron el memorándum, por el lapso de ochenta y nueve días, asignándole un líquido pagable de acuerdo a la escala salarial “Resolución Administrativa 05/2017”, que es la apertura programática, “sacándole” de la planilla presupuestaria, que es contradictorio al ordenamiento jurídico y vulnera derechos constitucionales, al pretender dejarle sin trabajo, afectándole directamente a su hija que tiene discapacidad, toda vez que, antes de que se emita el memorándum, tenía una relación laboral por tiempo indefinido, ahora es temporal, es decir por tiempo definido; pese a ello, continuó trabajando en el Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo después que se le notificó con la cesación de funciones que es objeto de la presente acción constitucional, sin embargo hasta la fecha no se le canceló su sueldo desde el 1 de marzo de 2017 hasta la presentación de esta acción tutelar.

Agrega que, al ser padre de una persona con discapacidad, goza de protección constitucional y legal, conforme al Decreto Supremo (DS) 29608 de 18 de junio de 2008, así como la Ley 223 Ley General para Personas con Discapacidad (LGPD), que consagran una protección especial en el ámbito laboral, tanto para la persona con discapacidad como para los cónyuges, padres, madres y/o tutores de personas con capacidades diferentes, garantizando su inamovilidad laboral, consistente en una protección que otorga el Estado a favor del trabajador y su núcleo familiar que garantiza su permanencia en su fuente de trabajo así como acceder al seguro social de salud.

Finaliza señalando que, no es exigible agotar los medios ordinarios de defensa al hallarse involucrado no solamente el derecho al trabajo, sino otros derechos primarios como la vida, salud y la seguridad social, añadiendo que con dicho memorándum perdió su seguro en la Caja Nacional de Salud (CNS), aunque actualmente sigue trabajando en el municipio como chofer de la Secretaría de Desarrollo Humano empero como personal eventual.