SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

las personas con discapacidad no pueden ser retiradas de sus fuentes de trabajo, salvo por las causales legalmente establecidas, previo proceso interno

Asimismo, el DS 27477 de 6 de mayo de 2004, que reglamenta la Ley de la Persona con Discapacidad, Decreto Supremo que no fue derogado o abrogado expresamente, en su art. 3 inc. c), con relación al principio estabilidad laboral, señaló que: “…las personas con discapacidad no pueden ser retiradas de sus fuentes de trabajo, salvo por las causales legalmente establecidas, previo proceso interno” (las negrillas nos corresponden).