Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
II.3.
II.3. Mediante Resolución Administrativa de 3 de abril de 2017 firmada por la Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social, se resuelve declinar competencia respecto a la solicitud de reincorporación de Jackeline Patricia Arce, aduciendo que en su caso particular, se presentan hechos controvertidos, que imposibilitan el pronunciamiento de esa instancia administrativa y que se debe acudir a la vía laboral (fs. 171 a 172). Dicha Resolución es confirmada mediante la Resolución Administrativa JDTSC/R.R 36/2017 de 31 de mayo que se pronuncia sobre el recurso de revocatoria interpuesto por la hoy accionante (fs. 243 a 245 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- cabe establecer que a esta instancia constitucional no le compete ingresar al fondo de las problemáticas laborales que se le presentan, pues no es sustitutiva de la jurisdicción laboral ni mucho menos tiene la amplitud probatoria conducente a por sí misma arribar a una verdad material; sin embargo, tampoco puede pretenderse la ejecutoria de conminatorias que emergen de procesos administrativos desarrollados al margen de la razonabilidad de un debido proceso’
- se tiene que la ahora accionante se encontraba prestando funciones en la entidad pública demandada con una relación eventual
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte