SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2017-S1

Fecha: 28-Ago-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes señalan que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la seguridad jurídica; toda vez que, emergente de un proceso penal seguido en su contra se encuentran detenidos preventivamente en la ciudad de La Paz sin poder ejercer sus derechos, puesto que el Tribunal Primero de Sentencia Penal de Sica Sica, que tramitaba su causa se habría desintegrado, quedando compuesto solamente por un Juez Técnico, quien en virtud a ello habría remitido obrados para su sorteo a la ciudad de El Alto, recayendo en el Tribunal Tercero de Sentencia Penal de dicha ciudad, quienes advertidos de la falta de aplicabilidad de los artículos 318 y 320 del CPP, y alcance del cite: Pres. 650/2016 de 4 de julio, emitido por el Tribunal Supremo de Justicia; devolvieron el cuaderno de juicio al Juzgado de origen; es decir, a Sica Sica; a decir de los accionantes estos hechos actos atribuibles al Órgano Judicial, causan retardación en la tramitación de la causa, así como indefensión a sus personas puesto que no habría autoridad ante quien interponer ningún tipo de solicitud, por lo que piden en virtud al art. 49 del CPP, se tramite la causa en la jurisdicción que resguarda su detención preventiva, situada en la ciudad de La Paz, toda vez que no existen los medios para trasladarse hasta la localidad de Sica Sica, que se constituye en el Juzgado de origen; puesto que el tiempo que demanda el traslado, se ha traducido en retrasos a las audiencias anteriormente celebradas.