SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

tampoco es aplicable en los casos en los que, existiendo duda razonable respecto a la edad del supuesto responsable de un delito, esta se invoque, correspondiendo a la autoridad jurisdiccional, admitir y tramitar la acción de libertad

Es preciso resaltar que, en el marco de la presunción de minoridad desarrollada previamente, la subsidiariedad excepcional del hábeas corpus tampoco es aplicable en los casos en los que, existiendo duda razonable respecto a la edad del supuesto responsable de un delito, esta se invoque, correspondiendo a la autoridad jurisdiccional, admitir y tramitar la acción de libertad(las negrillas y el subrayado nos corresponden).

Conforme a los entendimientos jurisprudenciales citados, se tiene que no es posible en el caso de menores de dieciséis años, considerados infractores por la presunta comisión de delitos, exigir el agotamiento previo de los recursos o medios de impugnación existentes, en razón al régimen especial de protección y atención que el Estado y la sociedad debe garantizar a todo niño, niña y adolescente.