SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2017-S1

Fecha: 28-Ago-2017

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante, ratificó el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional, ampliando manifestó que básicamente el incidente de actividad procesal defectuosa insubsanable radicó sobre tres puntos, que son la inexistencia de un informe psicológico, la falta de control jurisdiccional y como tercer punto señaló que el proceso no se resolvió bajo el régimen de los ocho días que establece el art. 94 de la Ley 348 de 9 de marzo de 2013, a ese objeto las autoridades demandadas de manera incongruente indicando la existencia de confusión en la fecha de denuncia, señalaron que ante un posible planteamiento de extinción del proceso no se sabría cual el cómputo.