SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2017-S3

Fecha: 01-Sep-2017

concedió en parte

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 28 de julio de 2017, cursante de fs. 48 a 51 vta., concedió en parte la tutela impetrada únicamente respecto a la actuación de las autoridades demandadas en la emisión del Auto de Vista de 14 de julio de 2017, en relación a la falta de fundamentación y congruencia denunciados, determinando la anulación de dicha Resolución y ordenando que se emita una nueva, en base a los siguientes fundamentos: a) No se advierte la lesión del derecho a la defensa ante la falta de consideración de los requerimientos que el ahora accionante pretendió insertar en audiencia de apelación incidental, puesto que no se justificaron los aspectos que se intentaba demostrar con esa prueba, lo que debió ser oportunamente justificado y presentado en audiencia a tiempo de interponer la apelación de forma oral; y,    b) El Auto de Vista de 14 de julio de 2017 no cumplió con la exigencia legal establecida en el art. 398 del CPP de revisar si la autoridad codemandada cumplió con la debida motivación y congruencia a tiempo de dictar el Auto apelado, estableciendo contrariamente que los argumentos de la Jueza a quo serían equivocados pero que la determinación de rechazo sería correcta, limitándose a declarar la improcedencia del recurso deducido.