Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0880/2017-S3
Fecha: 08-Sep-2017
i)
El accionante por sí mismo y en representación de su padre Julio Cesar Aquino Ascuy arguye como vulnerados los derechos invocados en la presente acción tutelar, por cuanto: i) Interpuesto el incidente de nulidad por defectos absolutos y nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo ante el Juez de Instrucción Penal y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero (EPI - SUR) de la Capital del departamento de Cochabamba, hasta la presentación de esta acción de defensa -3 de agosto de 2017-, no fue resuelto; y, ii) El mandamiento de aprehensión contra “JULIO AQUINO” sigue latente.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- dejen sin efecto el mandamiento de aprehensión de 14 de febrero de 2017, emitido contra
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- i)
- se deje sin efecto cualquier mandamiento de aprehensión expedido en su contra
- Fragmento 17
- INCIDENTE DE NULIDAD POR DEFECTOS ABSOLUTOS Y NULIDAD DE OBRADOS HASTA EL VICIO MAS ANTIGUO, ASÍ MISMO SE DEJE SIN EFECTO CUALQUIER MANDAMIENTO DE APREHENSIÓN EXPEDIDO EN MI CONTRA
- 14 de febrero de 2017
- dos denuncias ante jurisdicciones distintas, tanto ordinaria como constitucional; en todo caso, previamente las partes deben agotar las vías intraprocesales establecidas
- CONFIRMAR