SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2017-S3

Fecha: 08-Sep-2017

III.2.2.  Respecto de la Jueza demandada

Conforme a la jurisprudencia descrita en el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional -Segundo supuesto-, en los casos en que existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar, previamente a acudir a esta acción constitucional deben agotarse los mecanismos intraprocesales idóneos para el reclamo de los defectos que el accionante pretende se subsanen, por lo que estando establecido el recurso de apelación incidental como el medio de impugnación para tal efecto, corresponde que previo a acudir a esta jurisdicción se agote dicho mecanismo procesal.