SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2017-S3
Fecha: 08-Sep-2017
concedió en parte
La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Tercera de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 8/2017 de 17 de julio, cursante de fs. 416 a 422, concedió en parte la tutela solicitada, respecto a la violación del derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, congruencia y seguridad jurídica; y, denegó en cuanto al derecho al debido proceso en su vertiente de sus derechos a la defensa y al juez imparcial, disponiendo anular el Auto de Vista 29 y su complementario, ordenando que las autoridades demandadas en un tiempo prudencial procedan a dictar una nueva resolución fundamentada, motivada y congruente, en base a los siguientes fundamentos: 1) Se advirtió que al haberse dictado las Resoluciones alegadas se vulneró el derecho al debido proceso en su vertiente de congruencia y motivación, así como la seguridad jurídica, ya que estas no están fundamentadas en una forma acorde a lo peticionado por los accionantes; 2) No se tiene la violación de los derechos a la defensa y a un juez imparcial, toda vez que los accionantes pudieron defenderse, gozando de dicho Juez, habiéndose presentado incidentes, memoriales y cuanto recurso quisieron; y, 3) Las autoridades demandadas efectuaron una redacción incongruente en el Auto de Vista en cuestión, puesto que no es posible que digan que el Juez obró en forma correcta y luego decidan revocar esa decisión, siendo incongruente al no establecer entre sus fundamentos de resolución y su decisión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- AUTO DE VISTA DE 29 DE MARZO DE 2017 Y SU COMPLEMENTARIO
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la exigencia de fundamentación de las resoluciones
- SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2017-S3
- III.3. Análisis del caso concreto
- ha procedido en forma correcta,
- REVOCAR en parte