Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2017-S2
Fecha: 18-Sep-2017
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La parte accionante alega la lesión de sus derechos de petición, al debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación, y al principio de verdad material, citando al efecto los arts. 24 y 115.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 2.3 inc. a) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y, 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2. En relación al entendimiento sobre el derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo