Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0971/2017-S3
Fecha: 25-Sep-2017
CONCEDER
por la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda de la Capital del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada respecto al derecho al debido proceso en su elemento de motivación y fundamentación de las resoluciones, con el mismo efecto y alcance dispuesto por la Jueza de Garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.2. Análisis del caso concreto
- existiendo una variación entre uno y otro informe los precios del menú, estos no pueden ser considerados
- CONFIRMAR
- CONCEDER