SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0976/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denunció como lesionados sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral; al considerar que, por memorándum 1248/2016 fue despedida ilegalmente, sin tomar en cuenta que al haber firmado un contrato a plazo fijo, al cargo de secretaria de activos fijos, para desempeñar tareas propias y permanentes en la UAGRM, la accionante considera que sería de carácter indefinido, determinación que fue impugnada mediante los recursos de revocatoria y jerárquico, siendo rechazadas en ambas instancias, además de denunciar ante la Jefatura Departamental de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, que por Conminatoria de reincorporación JDTSC/CONM 004/2017, dispuso la reincorporación inmediata de Cristina Romero Macias, a su fuente laboral en el mismo puesto y demás derechos que le correspondan por ley, sin que hasta la fecha se haya dado cumplimiento al mismo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 13
- III.4.
- se tiene que la ahora accionante se encontraba prestando funciones en la entidad pública demandada con una relación eventual
- III.5. Análisis del caso concreto
- 01/04/2016
- Fragmento 18