Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0978/2017-S3
Fecha: 25-Sep-2017
II.2.
II.2. Cursa decreto de 8 de junio de 2017, emitido por Walter Méndez Vargas, Juez de Instrucción Penal Primero de Puerto Suárez del departamento de Santa Cruz, por el que refirió: “…de conformidad a lo dispuesto en el art. 403 num. 3 del C.P.P, se emplaza al Sr. Representante del Ministerio Público para que lo conteste el recurso dentro del término de tres días y en su caso acompañen y ofrezcan pruebas, de acuerdo a lo establecido en el art. 405 del CPP.-” (sic [fs. 6]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Resolución de 14 de igual mes y año
- a)
- Fragmento 5
- otorgó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inadmisibilidad de acudir a dos jurisdicciones de forma simultánea
- quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, (…) es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos, no siendo admisible dicha situación que de ocurrir inviabiliza la acción tutelar, pues al activar en forma simultánea la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional, para que ambas conozcan y resuelvan las irregularidades denunciadas, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico
- Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
- III.3. Análisis del caso concreto
- 7 de junio de 2017
- rechazó la remisión de la apelación incidental
- falta de Resolución del recurso de reposición interpuesto contra
- CONFIRMAR en parte