SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2017-S2

Fecha: 18-Sep-2017

a efectos de que este Tribunal pueda verificar si existió una errónea o deficiente valoración de los elementos probatorios, el accionante deberá especificar qué pruebas en concreto no fueron razonablemente valoradas; cuáles no fueron recibidas o debidamente compulsadas; y, finalmente, establecer en qué medida, la valoración cuestionada, tuvo incidencia en la decisión final

Ahora bien, en aplicación de la jurisprudencia contenida en el Fundamento Jurídico III.1 del presente Sentencia Constitucional, referido a la doctrina de las auto restricciones, la jurisdicción constitucional se encuentra impedida de revisar y efectuar la valoración de la prueba; pues, a efectos de que este Tribunal pueda verificar si existió una errónea o deficiente valoración de los elementos probatorios, el accionante deberá especificar qué pruebas en concreto no fueron razonablemente valoradas; cuáles no fueron recibidas o debidamente compulsadas; y, finalmente, establecer en qué medida, la valoración cuestionada, tuvo incidencia en la decisión final.