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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2017-S2

    Fecha: 18-Sep-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre la revisión de la interpretación de legalidad ordinaria de otros Tribunales. Jurisprudencia reiterada
    • c)
    • se hace preciso complementar esta doctrina de las auto restricciones
    • De manera excepcional y como facultad potestativa del Tribunal Constitucional Plurinacional en grado de revisión de oficio, si la violación a los derechos fundamentales es grave y evidente según los datos del expediente; ante esta certeza, es posible ingresar al análisis de la legalidad ordinaria y de la valoración de la prueba como también de la fundamentación, sin necesidad de las exigencias desarrolladas por la jurisprudencia.
    • facultad potestativa y exclusiva del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • III.2. Contexto jurisprudencial sobre la prescripción de la acción penal
    • la finalidad que persigue el legislador constituyente boliviano al introducir, en concordancia con los preceptos internacionales aludidos, el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, es que el imputado pueda definir su situación ante la ley y la sociedad dentro del tiempo más corto posible, desde un punto de vista razonable; poniendo fin a la situación de incertidumbre que genera todo juicio, y la amenaza siempre latente a su libertad que todo proceso penal representa.
    • Ahora bien, de acuerdo a nuestra norma procesal, sólo esas causales suspenden la prescripción; en consecuencia, fuera de ellas, la prescripción continúa corriendo,
    • es posible interponer esta excepción en cualquier momento del proceso
    • III.3. La estafa y su caracterización como delito instantáneo
    • Fragmento 22
    • III.4.
    • Fragmento 24
    • 4)
    • REVOCAR en todo
    • dispone

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