SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0997/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0997/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

En la actualidad el ordenamiento jurídico boliviano, cuenta con l

En la actualidad el ordenamiento jurídico boliviano, cuenta con la Ley 586 de 30 de octubre de 2014, conocida como Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, que tiene por objeto implementar procedimientos para agilizar la tramitación de las causas penales, a efecto de descongestionar el sistema penal y reducir la retardación de justicia para garantizar una justicia pronta, oportuna y eficaz, en el marco de la Constitución Política del Estado. Norma legal que en su Capítulo III, incluye las modificaciones al Código de Procedimiento Penal, concretamente en el art. 8, que describe todos aquellos artículos modificados y sustituidos, entre los que se encuentra el art. 239 que establece: ‘Planteada la solicitud, en el caso de los numerales 1 y 4, la o el Juez deberá señalar audiencia para su resolución en el plazo máximo de cinco (5) días’” (las negrillas son nuestras). 

De la jurisprudencia desarrollada se establece que cuando se plantee una solicitud de cesación a la detención preventiva las autoridades jurisdiccionales deberán señalar audiencia para su resolución en el plazo de máximo de cinco días, debiendo efectuarse el acto sin dilaciones indebidas, toda vez que la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad se encuentra de por medio.