SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1002/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1002/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

a)

El accionante, a través de su abogado ratificó el contenido de la demanda, y, ampliando la misma señaló que: a) Solicita se declare procedente la presente acción de libertad y se disponga que en el plazo de 24 horas, remita los cuadernos y los requerimientos emitidos por el fiscal de materia asignado al caso al cuaderno de investigación a efectos de fundamentar lo que en derecho corresponde esencialmente la excepción de prejudicialidad ante el Juez Cautelar de dicha localidad, estando en juego la libertad del mismo y su proceso.

La autoridad demandada, no asistió a la audiencia pero si presento informe cursante a fs. 31 y 32, cuando la audiencia concluyó, sin embargo pasaremos a indicar sus argumentos: a) Menciona a efectos que el presente acto procesal no recaiga en vicios de nulidad y que su persona pueda asistir a la referida audiencia, solicitó la suspensión de la audiencia fijada, en razón a que tiene varias audiencias programadas con anterioridad para el mismo día: b) Adjunta fotocopias simples de la respuesta a los requerimientos fiscales, mismos que ya fueron presentados, en cumplimiento a lo referido.