SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

III.5.Análisis del caso concreto

De la revisión de la documentación de antecedentes se evidencia que, dentro del proceso de interdicto de adquirir la posesión sobre un bien inmueble interpuesto por Abigail Zulema Barrero con citación de Filomena, Ana Maria y Pedro, todos Bayo Duran; la Jueza Pública Civil y Comercial Décima tercera del departamento de Chuquisaca, mediante Sentencia 160/2016 de 25 de octubre, declaró probada la demanda planteada, declarando haber lugar a ministrar a la demandante, debiendo señalarse día y hora para el verificativo de la misma, ejecutoriada que se encuentre dicha Resolución.   

Interpuesto el recurso de apelación por Filomena, Ana María y Pedro, todos Bayo Duran en su calidad de oponentes en el aludido proceso, dicho recurso fue resuelto por la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista SCCF II 39/2017 de 20 de enero, que revocó  en forma total la sentencia, sin costas y costos, declarando improbada la demanda interdicto de adquirir la posesión y probadas las oposiciones deducidas contra la misma.

Ante ello, la ahora accionante considerando que fueron lesionados sus derechos constitucionales, interpuso la presente acción de defensa impugnando la resolución emitida por el Tribunal de alzada, con la argumentación que dicho Auto de Vista, se encuentra carente de fundamentación, motivación y congruencia, además se omitió efectuar la valoración de la prueba que cursa en obrados; por lo que, solicitó se deje sin efecto el mismo y se ordene la emisión de uno nuevo, pero que la emita el tribunal de alzada.