Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2017-S2
Fecha: 25-Sep-2017
II.7.
II.7. Por memorial presentado por la demandante el 26 de febrero de 2016, solicitó su designación de abogado defensor de oficio, por la que la Jueza, por Auto de 29 de febrero de 2016, determinó: “…no ha respondido a la demanda…” (sic) el accionante, designó a Marisol Gioronda Zaldívar, como Abogada Defensora de Oficio (fs. 18 y vta.).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- concedió
- II.1.
- II.7.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- la acción de libertad tutelará cuando, el acto que vulnera el debido proceso se constituye en la causa directa de supresión o restricción del derecho a la libertad
- III.3. Análisis en el caso concreto
- i)
- REVOCAR en todo