Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1010/2017-S2
Fecha: 25-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionado su derecho a la libertad, toda vez que, encontrándose privado de su libertad, solicitó al Juez Cautelar su salida judicial del recinto penitenciario para poder realizar un trámite de garantías personales para la víctima, en las oficinas de la sección reconvencional de la FELCC, misma que fue rechazada por el Juez ahora demandado, atentando contra su derecho a la libertad, ya que con ese documento, desvirtuaría los riesgos procesales, para así poder obtener su libertad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La acción de libertad correctiva
- que el hábeas corpus correctivo procede contra los actos lesivos a la integridad personal, integridad que debe entenderse en los planos físico, psicológico y moral, en estrecha conexión con la dignidad humana. Bajo esa perspectiva, no es obtener la libertad de la persona, sino que cesen los maltratos, estado de incomunicación, las condiciones de detención,
- III.3. Marco Normativo (Ley de Ejecución Penal)
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo,