SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1036/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
I.2.2. Informe de la parte demandada
Jorge Isaac Von Borries Méndez y Antonio Guido Campero Segovia, Magistrados de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, presentaron informe escrito cursante de fs. 130 a 132, señalando que la demanda contenciosa administrativa presentada por René Antonio Rollano Vargas en contra de la AGIT, para su admisión cumplió con lo establecido por la Ley 2341 de 23 de abril de 2002, la cual se tramita como un proceso de puro derecho y no de hecho, en la que señaló, no era correcto que la parte demandada en la Resolución Jerárquica emitida, aplique las Leyes 291 y 317, las cuales tienen correspondencia con el cómputo de los plazos legales para la prescripción, que fue admitido en la propia acción de amparo constitucional presentado por el accionante en su punto VII, en consecuencia la Sentencia 117 aludida es congruente con lo demandado y fundamentada, debiendo denegarse la tutela pretendida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la parte demandada
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- III.
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de derecho a la fundamentación, motivación y congruencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19