SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1036/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
II.1.
II.1. Mediante Resolución Sancionatoria AN-GRCGR-CBBCI 0346/2012 de 5 de abril, emitido por la Gerencia Regional Cochabamba de la ANB, resolvió declarar probado el contrabando contravencional atribuido a José Plata y a la Empresa de Transporte “TRANS UWALDO”, por el tránsito no arribado correspondiente al Acta de Intervención Contravencional AN-GRCBA-CBBCI-AI0016/11 de 27 de septiembre de 2011, disponiendo el pago de la multa de UFVs95 306,51 (noventa y cinco mil trescientos seis 52/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), correspondientes al 100% del valor de la mercancía y el pago de la multa de UFVs47 653,26 (cuarenta y siete mil seiscientos cincuenta y tres 26/100Unidades de Fomento a la Vivienda), para el medio de transporte, correspondiente al 50% sobre el valor del 100% de la mercancía, que fue notificado en Secretaría de la Gerencia Regional Cochabamba de la ANB el 30 de mayo de 2012 a José Plata y “TRANS UWALDO” (fs. 2 a 5 y 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la parte demandada
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- III.
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de derecho a la fundamentación, motivación y congruencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19