SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1044/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1044/2017-S2

Fecha: 25-Sep-2017

Fragmento 26

En el caso en revisión, se tiene que la ahora accionante, por Memorándum CITE DAM 362/05 de 14 de marzo, fue designada Auxiliar de Biblioteca, firmado por Ricardo Mercado, entonces -Alcalde Municipal- de Quillacollo del departamento de Cochabamba; posteriormente, mediante Memorándum D.A.M. CITE 74/15 de 30 de diciembre de 2015, otorgado por Eduardo Mérida Balderrama, Alcalde de la misma Institución, alegando atribuciones conferidas por la Ley 482 de 9 de enero de 2014, agradeció sus servicios disponiendo que haga entrega de toda la documentación que estuvo a su cargo a su inmediato superior; desvinculación laboral que al considerarla atentatoria al derecho al trabajo y a la estabilidad laboral, impugnó en la vía administrativa, interponiendo recurso revocatoria y jerárquico, ambos fueron rechazados, bajo el fundamento de tener la accionante la calidad de funcionaria provisoria; por consiguiente, al no ser funcionaria pública de carrera no goza de estabilidad laboral, por ende su remoción estuviera librada a la simple voluntad de la MAE, no siendo admisible la interposición de ningún recurso. Situación ante la cual formuló denuncia de su desvinculación laboral ante la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, solicitando audiencia para su reincorporación, entidad que mediante Resolución de 26 de septiembre de 2016, declinó de competencia, señalando que la trabajadora interpuso recurso de revocatoria y jerárquico ante el referido Gobierno Municipal; consiguientemente, al haber agotado el procedimiento interno de la Institución correspondería que acuda directamente a la vía constitucional.