Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
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1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, con relación al derecho al debido proceso, en su elemento de fundamentación, dejando sin efecto el Auto de Vista de 2 de agosto de 2017, pronunciado por los Vocales Juan Urbano Pereira Olmos, German Apolinar Miranda Guerrero y Ximena Katty Joaniquina Bustillos miembros de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, debiendo emitir dicha Sala nuevo Auto de Vista, en los mismos términos expuestos por la Jueza de garantías, y sea conforme corresponda en derecho.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- la aplicación de una medida cautelar de carácter personal en el ámbito procesal penal debe cumplir con las condiciones de validez legal, lo que significa que, la autoridad judicial competente, para adoptar la decisión de aplicar la detención preventiva, de una parte, está obligado a verificar y determinar la concurrencia de los requisitos previstos por el art. 233 CPP, para lo que deberá contrastar la solicitud
- De lo que se concluye que la fundamentación de las resoluciones judiciales no sólo es exigible al momento de disponer la detención preventiva, sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva, se determine la sustitución o modificación de esa medida o, finalmente, cuando se la revoca; aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación y en toda decisión judicial conforme establece el art. 124 del CPP
- III.4. Análisis del caso
- i)
- afecta a grupos vulnerables como ser los jóvenes y estudiantes, sectores vulnerables que son afectados
- Fragmento 17
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