SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2017-S2

Fecha: 25-Sep-2017

II.5.

II.5.  Mediante Auto 132 de 14 de julio de 2016, la Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera del departamento de Santa Cruz, declaró fundado el incidente de nulidad de imputación por falta de fundamentación, así como las excepciones de falta de acción, cosa juzgada y prejudicialidad, formulados por los imputados, Ricardo Ignacio Bedoya Saenz, Julio Ramiro Argandoña Céspedes y Delia Elena Zea Ophelan Salvatierra, por lo que dispuso el archivo de obrados, en función del art. 309 del CPP (fs. 1144 a 1148); Auto que fue notificado al denunciante Wálter Félix Núñez Rodríguez, el 18 de julio de 2016, mediante cédula y con testigo presencial, en el domicilio procesal que fuera señalado en el memorial de denuncia (calle Chichapi 100) (fs. 1153 y 1154); sin embargo, también cursa notificación personal realizada al abogado de la parte denunciante Freddy Vidovic Falch, quien fue notificado con la misma Resolución en el juzgado el 20 de julio de 2016 (fs. 1155).