SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2018-S2

Fecha: 01-Ene-2018

III.2.2. Principios de seguridad jurídica

Antes de la vigencia de la Constitución Política del Estado aprobada el 2009, la seguridad jurídica fue concebida como derechos por la jurisprudencia constitucional, en cambio a partir del nuevo marco constitucional el entendimiento de la                       SC 0070/2010-R de 3 mayo, lo consideró como un principio rector del ordenamiento jurídico, cuando establece: “…que en el marco de la Constitución Política del Estado, constituye un principio rector del ordenamiento jurídico y que emana del Estado de Derecho, conforme lo señala la doctrina: ‘La seguridad jurídica debe hacer previsible la actuación estatal para el particular, tal actuación debe estar sujeta a reglas fijas. La limitación del poder estatal por tales reglas, es decir leyes, cuya observancia es vigilada por la justicia, es contenido especial del principio de estado de derecho’ (Torsten Stein. Seguridad Jurídica y Desarrollo Económico. FKA)”.