AUTO CONSTITUCIONAL 0421/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0421/2018-RCA

Fecha: 31-Oct-2018

1)

La Jueza Pública Civil y Comercial Vigesimocuarta del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 14 de septiembre de 2018, ordenó que el accionante en el plazo de tres días subsane los siguientes aspectos: 1) En cumplimiento al principio de subsidiariedad acredité haber agotado la vía legal previa a esta demanda tutelar y que no existe otro medio para proteger sus derechos presuntamente vulnerados; 2) Precise el acto ilegal en el que hubiera incurrido la autoridad demandada; 3) Indique con precisión los derechos lesionados y en qué forma fueron afectados; 4) Aclare la situación jurídica de Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo Empleo y Previsión Social; y, Emilio Rodas Panique, Viceministro de Empleo, Servicio Civil y Cooperativas; 5) Anexe la Nota interna MTEPS/MESC y COOP/DGSC 333/2017, emitida por la Unidad de Función Pública y Registro Plurinacional, dependiente del citado Viceministerio; y, 6) Señale a los terceros interesados.