AUTO CONSTITUCIONAL 0421/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0421/2018-RCA

Fecha: 31-Oct-2018

I.5. Síntesis de la impugnación

Manifiesta que, existe precedente constitucional consistente en la SCP 0031/2014 de 3 de enero, que resolvió un caso similar al presente, denegando la tutela por falta de legitimación pasiva, por cuanto se había presentado la demanda contra una sola autoridad, omitiéndose la formulación de la acción de defensa contra la autoridad administrativa de donde emergió el acto, es decir, no se había señalado a la principal autoridad que vulneró derechos constitucionales; sin embargo, el Tribunal Constitucional Plurinacional revocó la resolución referida y concedió la tutela; en el presente caso, se indentificó puntualmente a la autoridad que vulneró sus derechos; es decir, a Veimar Mario Cazón Morales Presidente Ejecutivo a.i. del SIN, siendo la principal autoridad que vulneró derechos fundamentales, por lo que no existe incumplimiento del art. 33 del CPCo.