SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0590/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0590/2018-S3

Fecha: 29-Oct-2018

1)

Wiat Belzu Carvajal, Jueza de Instrucción Penal Segunda de la Capital del departamento de La Paz, en audiencia manifestó lo siguiente: 1) Es cierto y evidente que se celebró audiencia de cesación de la detención preventiva solicitada por el accionante en el Centro Penitenciario San Roque de Chuquisaca, disponiéndose el rechazo de la misma, por lo que se interpuso el recurso apelación conforme lo establece el art. 251 del CPP; 2) En dicha audiencia de forma oral y directa se dispuso y ordenó que el personal de apoyo diligencie dentro del plazo establecido por ley; 3) Por informe verbal el Secretario del juzgado a su cargo le hizo conocer que no se sacó fotocopias, en el entendido de que el peticionante de tutela manifestó en audiencia que no iba a tomar ningún recaudo para sacar copias de apelación; y, 4) Llamó la atención al mencionado Secretario instruyendo, de que en el día se remita antecedentes, al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.