SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2018-S1

Fecha: 01-Oct-2018

III.3. Análisis del caso concreto

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su elemento de congruencia, al acceso a una vivienda y al principio de seguridad jurídica; por cuanto, las autoridades demandadas al momento de dictar el Auto de Vista S.C.C. II 27/2018 de 29 de enero, se pronunciaron de manera ultra petita, al realizar una interpretación sesgada de los hechos relativos al caso, basándose en una norma legal diferente sobre el contrato de arrendamiento, aplicando una tácita reconducción; además, porque no se circunscribieron a resolver los puntos  que fueron objeto de apelación.

De ese objeto procesal y conforme se tiene descrito en las Conclusiones del presente fallo constitucional, se tiene que el 22 de enero de 2017, Jorge Esteban Núñez Huanca -tercero interesado- inició proceso extraordinario de desalojo contra el ahora accionante Félix Dagner Miguez Franco; emitiéndose la Sentencia 98/2017 de 9 de agosto, por el Juez Público Civil y Comercial Segundo del departamento de Chuquisaca, declarando probada la demanda y disponiendo el desalojo de la vivienda de propiedad del hoy tercero interesado por parte del accionante, en el plazo de treinta días a partir de su notificación con la ejecutoría de la Resolución, bajo alternativa de expedirse mandamiento de desapoderamiento, inclusive con ayuda de la fuerza pública y con facultad de allanamiento si fuere necesario, ordenando además el pago de alquileres devengados computados desde enero de 2016 hasta el mes en que se haga efectivo el desalojo dispuesto, monto a ser calculado en ejecución de sentencia.