SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2018-S1
Fecha: 01-Oct-2018
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada, y se disponga: a) El cumplimiento inmediato de la Conminatoria de Reincorporación J.D.T.L.P./D.S. 0495/RAAM/36/2017 emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo, de La Paz, restituyéndola al mismo puesto que ocupaba a momento del despido injustificado; b) La cancelación de todos los sueldos devengados desde el momento de su ilegal e injustificado despido hasta el día del cumplimiento de su reincorporación, así como el pago del aguinaldo, primas de desempeño de la gestión 2017, bono extraordinario y demás beneficios colaterales; y, c) La restitución de sus derechos laborales y sociales que por ley le corresponden, los que se traducen en la afiliación a la Caja de Salud de la Banca Privada (CSBP), pago de aportes patronales a dicho ente gestor de salud, aportaciones patronales y laborales a la respectiva Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), por los meses de su alejamiento ilegal y arbitrario del Banco Fortaleza S.A.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- concedió
- II.1.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La relación entre los hechos, los derechos y el petitorio en las acciones de amparo constitucional.
- Petición
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR en todo