SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2018-S2
Fecha: 08-Oct-2018
i)
Decisión asumida bajo los siguientes fundamentos: i) De acuerdo a los antecedentes, la accionante con anterioridad a su despido puso en conocimiento de la ABC, la enfermedad que padecía; por lo que, dicha entidad tenía conocimiento de la gravedad de la misma; y, ii) Sin considerar esa situación se precedió a su despido el 27 de septiembre de 2017, lesionándose de esa manera su derecho fundamental a la inamovilidad laboral por discapacidad, así como el derecho a la salud, motivo por el cual corresponde conceder la tutela impetrada.
En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada; para el efecto se analizarán los siguientes temas: i) Excepción al principio de vulnerabilidad ante despidos intempestivos. Grupos vulnerables; ii) Protección constitucional reforzada de los derechos de las personas en condiciones de vulnerabilidad y iii) El derecho a la estabilidad laboral reforzada de las personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad; y, iv) Análisis del caso concreto.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad ante despidos intempestivos. Grupos vulnerables
- Fragmento 15
- III.3. El derecho a la estabilidad laboral reforzada de las personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADO