SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2018-S2
Fecha: 08-Oct-2018
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Considera lesionados sus derechos a la vida, a la integridad física, a la salud, a la seguridad social, al trabajo, de petición y a la inamovilidad funcionaria, así como el principio de seguridad jurídica de personas con discapacidad, citando al efecto los arts. 15.I, 18.I, 24, 38.II, 45.I. y III, 46.I.1 y 2 y II, 48.III y 49.III, de la Constitución Política del Estado (CPE); 4, 5, 11 y 17 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 3, 4 y 6 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer; 11 de la Convención Sobre la Eliminación de Todas Formas de Discriminación Contra la Mujer; 5.2 y 6.1 de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; I.2 inc. a) de la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad; y, 6, 7, 9, 10 y 18 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos Sociales y Culturales “Protocolo San Salvador”.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad ante despidos intempestivos. Grupos vulnerables
- Fragmento 15
- III.3. El derecho a la estabilidad laboral reforzada de las personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADO