Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2018-S2
Fecha: 08-Oct-2018
Fragmento 13
Este estándar, debe ser necesariamente observado en cualquiera de las formas de decisión de fondo, que asuma el Ministerio Público, pues la motivación y fundamentación que se realice, debe satisfacer tanto al querellante como al querellado; y por lo mismo, tiene que ser exigido por el fiscal departamental cuando revisa una objeción a las resoluciones de los fiscales de materia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- i)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 11
- III.1. La exigencia de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones fiscales en la valoración de la prueba
- Fragmento 13
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto.
- Fragmento 16
- REVOCAR
- MAGISTRADO