SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2018-S1
Fecha: 22-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, por intermedio de su representante, alega que la autoridad demandada lesionó su derecho a una justicia pronta y oportuna que incide en su libertad, toda vez que dispuso la emisión de un mandamiento de apremio con facultades de allanamiento de domicilio y habilitación de horas y días inhábiles, omitiendo pronunciarse sobre su solicitud de dejar sin efecto dicha orden, en razón a que presentó recibos bancarios de pago de asistencia familiar, cuya cancelación incluye dos meses adelantados; sin embargo, solo dispuso el traslado de su memorial sin dictar ningún pronunciamiento, dilatando la definición de su situación jurídica, debido a lo cual se encuentra en la clandestinidad y sin poder trabajar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el carácter excepcional de la acción de libertad
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR