SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2018-S4
Fecha: 16-Oct-2018
sustancialmente
En relación a la invocación de la SCP 0408/2017-R S3, pronunciada en un caso, presuntamente idéntico al presente, conforme a los fundamentos expresados por la propia impetrante de tutela, y de la revisión del citado precedente, el caso concreto allí resuelto dista del aquí planteado por varias particularidades –versa exclusivamente sobre un incidente de nulidad de imputación, el cual además habría sido remitido de forma incompleta ante el Tribunal de Sentencia–, empero, sustancialmente, porque en el caso en análisis, la parte solicitante de tutela, luego de ratificarse ante dicho Tribunal únicamente en los fundamentos de la excepción por prescripción planteada, impetró expresamente que éste, en aplicación del trámite de previo y especial pronunciamiento, emita una resolución motivada declarando extinguida la acción penal seguida en su contra, es decir, no pidió la devolución de obrados que ahora vía constitucional impetrada, por el contrario, reconociendo la competencia del señalado Tribunal, cuyos integrantes hoy demanda, pidió que éste declare por extinguida la acción a su favor, extremo que de modo alguno aconteció en el caso resuelto a través del precedente invocado, lo que hace inviable su aplicación en la problemática venida en remisión, por no tratarse de presupuestos fácticos análogos, requisito de concurrencia sine quanon para dar curso a lo requerido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- II.1.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1.
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional,
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad…
- ratificándose en los fundamentos de la excepción de extinción de la acción penal formulada, solicitando se le imprima el trámite de previo y especial pronunciamiento, emitiendo la correspondiente resolución motivada declarando extinguida la acción penal seguida en su contra
- 1)
- i)
- sustancialmente
- REVOCAR